Hay una negativa o falta de respuesta
La entidad niega, demora o no responde una solicitud relacionada con la prestación de salud.
Una barrera de acceso debe revisarse con hechos, urgencia y alternativas reales.
Esta ruta ayuda a organizar una dificultad de acceso a salud antes de solicitar una revisión jurídica humana. No define automáticamente que la tutela sea procedente.
La orientación inicial sirve para ubicar una barrera, los hechos disponibles y las vías que podrían requerir revisión profesional.
La entidad niega, demora o no responde una solicitud relacionada con la prestación de salud.
Se cuenta con información sobre el servicio pendiente, la fecha de la solicitud y el estado de la gestión.
Busca atención médica si hay urgencia; para la ruta jurídica, organiza comunicaciones y fechas sin adjuntar historia clínica.
El alcance depende de los hechos, la urgencia, los mecanismos disponibles, el territorio y la verificación de conflictos.
Identificar qué prestación se solicita, desde cuándo y cuál es la información administrativa disponible.
Ordenar radicados, comunicaciones y respuestas recibidas para comprender el estado de la solicitud.
Definir si hay información suficiente para solicitar una revisión profesional y cuál podría ser el siguiente paso.
Indica el servicio requerido, entidad, fecha de la solicitud, gestiones realizadas y respuesta recibida. No adjuntes historia clínica, órdenes médicas, resultados ni documentos médicos en el formulario web.
Empezar orientación protegidaServicio solicitado y barrera administrativa identificable.
Gestiones realizadas y canales utilizados.
Negativa, autorización, programación o falta de respuesta.
Definición del alcance y condiciones antes de iniciar.
Cuando una acción u omisión amenaza o vulnera el derecho fundamental a la salud y no existe otro medio eficaz para protegerlo, o cuando se necesita evitar un perjuicio irremediable. Cada caso depende de los hechos, la orden médica y las respuestas de la EPS.
El Decreto 2591 de 1991 fija un plazo de diez días para el fallo de primera instancia. Si hay urgencia, se puede pedir una medida provisional para que se proteja el derecho mientras se decide.
No es obligatorio: cualquier persona puede presentarla directamente o por medio de un representante. La asesoría ayuda a organizar los hechos, las pruebas y las pretensiones para que el juez entienda con claridad qué se pide.
La orden o fórmula médica, la historia clínica pertinente, las solicitudes presentadas a la EPS con sus fechas y las respuestas recibidas. En el formulario del sitio no adjuntes documentos clínicos; se piden después por un canal seguro.
El diagnóstico no crea una relación abogado-cliente y no reemplaza la atención médica. Sirve para solicitar una revisión jurídica humana.